La Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, flexibilizó el régimen de los convenios preconcursales de acuerdo con algunas premisas básicas. La primera de ellas es considerar que la continuidad de las empresas económicamente viables es beneficiosa no sólo para las propias empresas, sino para la economía en general y, muy en especial, para el mantenimiento del empleo. La segunda de las premisas era acomodar el privilegio jurídico a la realidad económica subyacente, pues muchas veces el reconocimiento de privilegios carentes de fundamento venía a ser el obstáculo principal de los acuerdos preconcursales. La tercera de las premisas era respetar en la mayor medida posible la naturaleza jurídica de las garantías reales (pero siempre, y tomando en cuenta la segunda premisa, de acuerdo con su verdadero valor económico).
Esta Ley aborda la extensión de las premisas anteriores al propio convenio concursal
- Código Penal: Versión Consolidada en BOE.ES
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El BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2015 publica la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, siendo objeto de una completa revisión y actualización, en la conciencia -según el legislador- de que el transcurso del tiempo y las nuevas demandas sociales evidencian la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones de nuestra norma penal. En general, se revisa el régimen de penas y su aplicación, se adoptan mejoras técnicas para ofrecer un sistema penal más ágil y coherente, y se introducen nuevas figuras delictivas o se adecuan los tipos penales ya existentes, con el fin de ofrecer una respuesta más adecuada a las nuevas formas de delincuencia; del mismo modo se suprimen aquellas otras infracciones que, por su escasa gravedad, no merecen reproche penal. Gran parte de la reforma está también orientada a dar cumplimiento a los compromisos internacionales adquiridos por España.
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Pensaba en un título para este breve y rápido flash, un titular que anunciara el fin de una guerra, o al menos la victoria en una gran batalla. Ha hecho tanto daño la imposición de las tasas judiciales a las personas físicas (daño que, de momento seguirán irrogando a las PYMES) que es difícil darse idea de la sensación que causa la noticia en el sector jurídico. Por un lado la alegría de saber que desde el lunes ya no se verán cercenados los derechos de muchas personas, por otro el recuerdo de las incontables acciones y derechos que se han perdido para siempre por culpa de la ignominiosa tasa judicial.
Hoy toca celebrar, el lunes... dar unas cuantas buenas noticias a personas que estaban esperando esperanzadas, en los próximos días...
¿Y QUÉ SUCEDE CON LAS TASAS QUE ESTÁN PENDIENTES?
Algunas cosas quedan en el aire, por mi parte confío, estoy seguro, en que los Jueces y Secretarios Judiciales se alinearán para dejar sin efecto aquellas tasas que estaban en el aire o siendo objeto de recursos. Es cierto que la modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación y jurídicamente puede ser discutible establecer que sucederá con aquellas tasas que devengadas con anterioridad puedan estar actualmente siendo "requeridas" de acreditación o de pago, pues la tasa sí estaba entonces vigente. Yo sólo pido que en los próximos días los Tribunales y en especial los Secretarios Judiciales tomen partido, incluso de oficio, nos notifiquen que teníamos razón, que nuestras alegaciones iban por buen camino y que, sí, el requerimiento queda sin objeto porque la tasa ¡¡¡ HA SIDO DEROGADA !!!, es de Justicia. Pongamos de nuevo en marcha la máquina.
- Acceso al Texto remitido al Senado
El pasado 21 de enero de 2015 se aprobó el Dictamen de la Comisión sobre el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Obtenida en el Congreso la mayoría absoluta necesaria por su carácter orgánico, continúa su tramitación en el Senado, en fase de enmiendas y propuestas de veto hasta el 12 de febrero de 2015, siendo el 31 de marzo de 2015 la fecha límite de tramitación del Proyecto de Ley en el Senado.